¿Qué es una demanda de juicio cambiario?

La demanda de juicio cambiario es un procedimiento judicial en el que se solicita el pago de una deuda vencida y documenada en una letra de cambio cheque o pagaré. Esta demanda está regulada en la Ley de Enjuiciamiento Civil, artículos del 819 al 827.

Demanda de juicio cambiario

El juicio cambiario tendrá validez si junto a la demanda se presenta un título cambiario que reúna los requisitos previstos en la Ley. Del mismo modo, deberá tener regularidad en su adquisición, ya sea mediante una serie no interrumpida de endosos (art. 19 de la Ley Cambiaria y del Cheque), o bien mediante vía de regreso (art.37 de la Ley Cambiaria y del Cheque).

¿Cuál es el objetivo de esta demanda?

Cuando se presenta una demanda con título cambiario (letra, cheque o pagaré) se tiene la intención de cobrar un importe impagado. Es irrelevante el motivo por el cual se ha originado el título cambiario.

¿De quién es competencia este tipo de demanda?

La demanda de juicio cambiario es competencia del juzgado de 1º estancia del domicilio del demandado. Si en la demanda se incluye a varios deudores del mismo título, será competencia del juzgado de cualquiera de los deudores.

Este tipo de demanda requiere de un procurador, para la presentación; y de un abogado, para la defensa. A excepción de medidas urgentes que se solicitan previas al juicio.

¿Cómo se solicita el juicio cambiario?

Procedimiento

Tal y como indica el art. 821 de la Ley 1/2000 de Enjuiciamiento Civil, el juicio cambiario se inicia mediante la presentación de la previa demanda, la cual debe ir acompañada del título cambiario.

El título cambiario debe ser analizado por el tribunal, el cual debe aprobar su conformidad para poder solicitar al deudor que realice el pago que debe en un plazo de diez días. Al mismo tiempo, ordenará el embargo preventivo de los bienes del deudor referentes a la cantidad objeto de reclamación y deberá prever otra cantidad en concepto de intereses de retraso, gastos y costas en caso de que el deudor no atienda al requerimiento.

¿Qué opciones tiene el demandado en un juicio cambiario?

El demandado, una vez trasladada la demanda y requerida bajo embargo preventivo, puede recurrir en “reposición”.

Si el deudor se opone, se presentará una demanda de oposición en el plazo de 10 días, donde se debe recoger algunas de las causas que se aceptan para el ejercicio de oposición, las cuales vienen recogidas en la Ley 19/1985 , del 16 de julio, cambiaria y del cheque:

El deudor cambiario podrá oponer al poseedor de la letra las excepciones basadas en sus relaciones personales con él. El deudor cambiario también podrá oponer al poseedor aquellas excepciones personales que él tenga frente a los poseedores anteriores, si al adquirir la letra el poseedor procedió a sabiendas en perjuicio del deudor. La  falta de legitimación del poseedor o de las formalidades necesarias de la letra de cambio, conforme a lo impuesto en la Ley. La inexistencia o la falta de validez de su propia declaración cambiaria, además de la falsedad de la firma. La extinción del crédito cambiario.

¿Cómo puede finalizarse el proceso?

La finalización del proceso puede finalizar de modo que el deudor paga, es decir, entrega al acreedor el dinero. O el deudor no paga ni se opone, por lo que se lleva a cabo la ejecución del embargo preventivo.

Modelo de demanda de juicio cambiario

AL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE……………….     D./Dª………………….., Procurador de los Tribunales y de D./Dª………………….., mayor de edad, de estado civil……………………, de profesión…………………., (indicar si se actúa en nombre de una persona jurídica), vecino/a de……………………, con domicilio a efectos de notificaciones en…………………., calle……………………….. y nº……………… , reoresentación que me será conferida «apud acta», ante el Juzgado comparezco y, como más procedente sea en Derecho, DIGO:      Que en la representación que ostento, mediante el presente escrito, y de conformidad con lo establecido en los Arts 819 y 821.1 de la LEC, vengo a promover DEMANDA DE JUICIO CAMBIARIO contra D./Dª……………………….., con DNI nº……………………., mayor de edad, de estado civil………………….., de profesión……………………… , vecino/a de…………………………  y con domicilio a efectos de notificaciones en C/……………………. , nº…………………… y CP…………..; la cual se fundamenta en los siguientes HECHOS.       PRIMERO.- Que la parte demandante se dedica profesionalemente a la actividad de…………………………………., y ha venido manteniendo relaciones de carácter comercial con D/Dª………………………….. (o  indicar si se trata de una persona jurídica, en su caso); fruto de las cuales, la parte demandada se halla en adeudarme la cantidad de……………… euros (……..euros).     Como pago de la cantidad de anterior mención, y como venía siendo habitual en la relación comercial que nos unía, esta parte libró, para que fuera aceptada por el demandado una/s Letra/s de Cambio de la clase ….ª, por importe de ….. euros, con vencimiento……………. y domicilio de pago en…………… ; original de la cual se acompaña como documento nº 1.      La parte demandada, efectivamente, aceptó, firmó y devolvió a esta parte la/s cambial/es de anterior mención, de la/s que el demandante es, en consecuencia, su legítimo tenedor. (o, en caso de que el documento cambiario entregado en pago sea un Cheque o un Pagaré, puede hacerse constar  «La parte demandada firmó y me hizo entrega de un cheque/pagaré librado contra la entidad financiera…………………., con serie y nº …..,  por  importe de……… euros, con vencimiento…………… y con domicilio de pago en………..; original del cual se acompaña como documento nº 1»).     SEGUNDO.- Llegado el vencimiento del/los efecto/s cambiario/s antes referidos, y presentados los mismos al cobro en el domicilio/entidad financiera designado al efecto, éstos resultaron impagados; todo lo cual se acredita mediante la tenencia material por mi parte del/los efecto/s cambiario/s y por la declaración sustitutiva de protesto estampada al dorso de los mismo/s por la entidad financiera en la que se encontraba domiciliado el pago.     Asimismo, el impago de los efectos cambiarios ha ocasionado a esta parte unos gastos financieros por importe de……………… euros (……….euros), tal y como se acredita mediante.la liquidación bancaria de devolución de efectos que se acompaña como documento nº 2.     A los anteriores hechos resultan de aplicación los siguientes  FUNDAMENTOS DE DERECHO:     I.- COMPETENCIA: Es competente el Juzgado al que me dirijo, de conformidad con el Art. 820 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, y por ser el partido judicial correspondiente al domicilio del demandado.     II.- SOBRE LA FUERZA EJECUTIVA DEL TÍTULO CAMBIARIO: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 819 de la LEC, se hace constar que el título del que dimana la acción que se ejercita en la presente demanda reúne todos los requisitos formales necesarios para que pueda incoarse el presente procedimiento.     Asimismo, esta parte ha dado cumplimiento a lo establecido en la Ley Cambiaria y del Cheque, pues presentó al cobro los efectos cambiarios que se acompañan a esta demanda en el domicilio de pago indicado y ha hecho constar en los mismos la correspondiente declaración sustitutiva de protesto por falta de pago.     III- LEGITIMACIÓN: Se encuentran legitimadas activa y pasivamente ambas partes, la demandante, en cuanto que tenedor legítimo del efecto cambiario y la demandada, en cuanto persona obligada al pago del importe consignado en el mismo, en virtud de lo que dispone a tal efecto la Ley Cambiaria y del Cheque.     IV-  PROCEDIMIENTO: Por lo que se refiere al cauce procesal por el que debe tramitarse esta demanda, será de aplicación lo dispuesto en los Arts. 821 y s.s de la LEC, que regulan el Juicio Cambiario.     V-  FUNDAMENTOS DE FONDO: Los Arts 49 a 60 y 62 a 68, siguientes y concordantes de la Ley Cambiaria y del Cheque por cuanto se ejercitan contra el demandado las acciones cambiarias por falta de pago de los efectos acompañados a la presente demanda.     Igualmente, y en cuanto a la prescripción se refiere, resulta de aplicación lo dispuesto en el artículo 88 de la Ley Cambiaria y del Cheque, por lo que la presente demanda se interpone dentro del plazo legalmente establecido.     VI-  INTERESES Y GASTOS: Es de aplicación el Art. 58 de la Ley Cambiaria y del Cheque, conforme al cual, el tenedor de un efecto cambiario podrá reclamar a la persona contra quien dirija la acción el importe del efecto impagado, los intereses de la cantidad  devengados desde la fecha del vencimiento del citado efecto, calculados al tipo de interés legal del dinero incrementado en dos puntos.y los demás gastos que se hayan generado, incluidos los del protesto por falta de pago y los de las comunicaciones.     VII.- COSTAS: En cuanto a las costas resulta aplicable el artículo 822 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, que señala que aunque el deudor atienda el requerimiento, serán de su cargo todas las costas causadas.     Por lo expuesto;     SOLICITO AL JUZGADO: Que tenga por presentado este escrito con los documentos que se acompañan y sus copias, se sirva admitirlos y tenga por formulada DEMANDA DE JUICIO CAMBIARIO contra D/Dª…………………………., la admita a trámite, y dicte Auto requiriendo al deudor para que pague en el plazo de 10 días y, para el caso de que no atendiera el requerimiento de pago, acuerde proceder al embargo preventivo de sus bienes en cantidad suficiente para cubrir la suma total de………….. euros, más intereses de demora, al tipo de interés legal del dinero incrementado en dos puntos desde la fecha de vencimiento de los efectos que se reclaman, gastos y costas; que se presupuestan en la cantidad de……. euros, sin perjuicio de ulterior y definitiva liquidación; y despache ejecución por las cantidades reclamadas, de conformidad con el Art. 825 de la LEC, y para el caso de que el deudor no formule demanda de oposición en el plazo legalmente establecido,.     En…………., a …….de……………..de………..     Fdo…………………………….  Fdo…………………………….     (El/la Procurador/a).                  (El/la Letrado/a).